La defensa de los animales en Jean-Jacques Rousseau

Por Aarón Almanza

BaGM9xZCUAEby1HConocido en gran medida por su obra «El contrato social» Rousseau no se dedicó solamente a la reflexión de los fundamentos de una sociedad legítimamente constituida. También dedicó algunas de sus reflexiones a la defensa de los animales a partir de sus ideas sobre la moral. Si bien no dedicó una obra, un ensayo o un artículo exclusivo sobre el tema, las ideas dispersas sobre la cuestión en sus diversas obras son interesantes.

Especialmente encontramos estas referencias en sus obras «Discurso sobre el origen y los fundamentos de la desigualdad entre los hombres» y en el «Emilio o de la educación». En estas obras encontramos primeramente su exposición sobre la naturaleza del hombre, especialmente en su aspecto moral. Asimismo, en el Discurso se realizan reflexiones expresas sobre la relación entre los hombres y los animales.

Partiendo de las reflexiones sobre la moral, Rousseau llega a afirmar los deberes que el hombre tiene con los animales. En este sentido, Rousseau sostiene algo así como un instinto moral en el hombre, esto es, de manera análoga a la existencia de un instinto físico o biológico en el hombre que le lleva a buscar el placer y evitar el dolor, asimismo tenemos un instinto para buscar lo bueno y evitar lo malo.

Esta conciencia moral consta de dos principios: a) el amor de sí; y, derivado de este, b) la piedad. El amor de sí nos lleva a cuidarnos a nosotros mismos y la piedad a no dañar a otros seres e incluso brindarles ayuda, esto al vernos reflejados en ellos. Pero la identificación con otros seres no se da en nosotros, como se creerá, por la facultad racional que compartimos sino por la sensibilidad física o biológica que tenemos en común. Por ello, Rousseau no limita la piedad a la relación entre los hombres, si no la extiende hacia los animales.

Incluso, en el Discurso señalara expresamente que con su razonamiento se acaban las polémicas sobre la participaciónRespeto-Animal-1 de los animales en la ley natural toda vez que los animales al estar privados de entendimiento y libertad no pueden reconocer esta ley, pero al participar en cierto modo de nuestra naturaleza por la sensibilidad de que se hallan dotados, es posible pensar que también deben participar del derecho natural y el hombre tiene hace ellos alguna especie de obligación. Por esa razón concluirá que «Parece ser, en efecto, que si estoy obligado a no hacer ningún mal a mis semejantes, es menos por su condición de ser razonable que por su cualidad de ser sensible, cualidad que, siendo común al animal y al hombre, debe al menos darle a aquél el derecho de no ser maltratado inútilmente por éste.»

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